Gobierno por decreto vuelve a subir a Bs 6.000 millones el presupuesto para la subvención de los combustibles

La Paz, 15 de septiembre de 2026 (ANF).- El gobierno aprobó este lunes el Decreto Supremo 5705 para incrementar de Bs 2.000 millones a 6.000 millones el presupuesto del Tesoro General del Estado para financiar la subvención a los combustibles.
La norma aprobada por el gabinete de ministros fija una nueva modificación de los decretos supremos 5652 y 5683. El Gobierno dispuso en julio un fondo de Bs 1.000 millones; en agosto la cifra incrementó a Bs 2.000 millones y ahora ese monto alcanza a los Bs 6.000 millones.
Se modifica la norma para disponer “De hasta Bs6.000.000.000.- (SEIS MIL MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo a disponibilidad del TGN y remisión de información del uso y destino de los recursos”, dice el texto del decreto.
Encomienda a los ministros de Economía y Finanzas Públicas, y al de Hidrocarburos y Energías ejecutar y cumplir de dicha norma.
El gobierno justificó la decisión debido “a la coyuntura económica actual que atraviesa el Estado Plurinacional de Bolivia es necesario mantener las medidas de estabilización de los precios de los productos derivados del petróleo, por lo que corresponde ampliar el monto asignado a YPFB mediante los Decretos Supremos antes mencionados, con el fin de contar con los fondos suficientes y necesarios para garantizar el abastecimiento de los combustibles en todo el territorio nacional”.
El Gobierno en enero de este año, mediante el DS 5516, dispuso el incremento en los precios de los combustibles con el objetivo de estabilizar los precios de los productos derivados del petróleo. Decisión que redujo eventualmente la subvención a los carburantes. Sin embargo, el contexto internacional ha provocado que nuevamente se origine un margen de subsidio.
La administración de Paz acordó con el Fondo Monetario Internacional eliminar la subvención hasta el próximo año, el memorando con el organismo internacional debe ser aprobado en la Asamblea Legislativa Plurinacional.
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